Luego de Ingresar al País - p 02 - de 91 a 180 días

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Indice del artículo
Luego de Ingresar al País
p 01 - Como turista hasta 90 días
p 02 - de 91 a 180 días
p 03 - Cambio migratorio
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Se recomienda obtener una visa consular 12-IX para ingresar al país, ya sea para permanecer en el Ecuador por un tiempo comprendido entre 91 y 180 días en un año; ó, para efectuar en ese tiempo el cambio de categoría migratoria a otro tipo de visa, ya sea de no inmigrante o de inmigrante. Pese a que actualmente se está permitiendo el cambio de categoría migratoria de turista a visa 12-IX, dentro del Ecuador, esta situación podría cambiar, pues depende de los procedimientos que cada Director de Cancillería o Migración establezca. Por esta razon la recomendación de ingresar al Ecuador con visa consular 12-IX para luego proceder al cambio de visa definitiva, trámite que se lo puede realizar en el Ecuador, siempre y cuando se presente la solicitud de visa oportunamente. Adicionalmente, la visa 12-IX le va a permitir permanecer con tranquilidad en el Ecuador hasta por seis meses, lo que no sucedería con la visa de turismo. Dependiendo del caso y de la urgencia con la cual el extranjero deba entrar al Ecuador, podría otorgarse directamente en el Consulado del Ecuador en su país de origen o del ultimo domicilio la visa correspondiente a la actividad autorizada definitiva que efectuará en el Ecuador. La visa 12-IX se otorga dentro de un período entre 91 y 180 días en el año; y, muchos consulados, a pesar de que el extranjero ya haya permanecido en el Ecuador en calidad de turista, conceden el plazo máximo contemplado para esta clase de visas. Esta decisión está dentro de la facultad discrecional que tienen los Cónsules para aplicar los plazos de duración de cada visa, dentro de los márgenes permitidos por la ley. Sin embargo, hay algunos que aplican un descuento al período de vigencia de la visa 12-IX considerando los días de permanencia del extranjero en calidad de turista en el Ecuador. Para realizar el cálculo toman en cuenta y revisan los ingresos efectuados dentro del año inmediato anterior a la fecha que se pretende entrar al Ecuador con visa 12-IX (no realizan el cálculo de enero a diciembre de cada año). Agotado el máximo de 180 días plazo de vigencia de esta visa no se la puede renovar en el mismo año.



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